Back to Top

Proceso de adopción de OGM en Colombia, sistema nacional de bioseguridad - Abstract in English

 

Elizabeth Hodson de Jaramillo and Adriana Castaño-Hernández

 

“El protocolo sobre seguridad de la biotecnología ha de permitir que todos en el mundo puedan disfrutar de los beneficios de la biotecnología, y evitar al mismo tiempo riesgos innecesarios”

CBD-PNUMA, 2003

 

Resumen

Colombia fue uno de los países líderes en la formulación y negociación del Protocolo de Cartagena sobre seguridad de la biotecnología. Su nombre se origina por la ciudad de Cartagena (Colombia), lugar en el cual se realizó la sexta y última reunión del Grupo de Trabajo especial de composición abierta sobre Seguridad de la Biotecnología, y donde se esperaba la adopción del documento en Febrero de 1999. Por temas pendientes por acordar, en cuya negociación participó activamente Colombia, el Protocolo de Cartagena se aprobó en Enero de 2000 en Montreal (Canadá), se abrió a la firma durante la Quinta Reunión de la Conferencia de las Partes en el CDB en Nairobi (Kenia), en Mayo de 2000, y entró en vigor el 11 de Septiembre de 2003. Como país megadiverso, Colombia ha asumido el desafío de desarrollar capacidades técnicas e institucionales para garantizar que las aplicaciones de los desarrollos biotecnológicos no representen riesgos para la sociedad ni para el ambiente en cumplimiento de sus compromisos internacionales. El artículo describe la evolución de los procesos para el establecimiento de los sistemas de bioseguridad de organismos genéticamente modificados (OGM) en el país, el sistema regulatorio vigente, los procedimientos utilizados, se describe el proceso gradual de adopción y utilización de los cultivos GM, así como algunas actividades que se han adelantado para el fortalecimiento de capacidades en bioseguridad en el país.

 

Abstract

Colombia was one of the leading countries in the formulation and negotiation of the Cartagena Protocol on Biosafety. Its name is derived from Cartagena (Colombia), the city where the sixth and last meeting of the Ad Hoc Working Group on Biosafety took place, and where the adoption of the document was expected in February, 1999. Due to unresolved issues, negotiation in which Colombia participated dynamically, the Protocol was adopted in January 2000 in Montreal (Canada), was open for signature during the fifth meeting of the CBD Conference of the Parties in Nairobi (Kenya) in May 2000, and entered into force on 11 September 2003. As a megadiverse country, Colombia has assumed the challenge of developing technical and institutional capacities, in order to ensure that use of biotechnology developments do not result in risks for society or the environment, and to comply with international compromises. This paper describes the evolution of the development of biosafety systems for genetically modified organisms (GMOs) in the Country, the current regulatory system, the procedures, describes the gradual process of adoption and use of GM crops, as well as some activities that undertaken to strengthen capacities in biosafety in the Country.

 

Introducción

Entre los principales desarrollos científicos y tecnológicos de las últimas décadas, las biotecnologías y sus productos ocupan una posición prominente. Estas han impactado en casi todos los sectores de la economía debido al desarrollo de productos en importantes áreas industriales como en salud, con el desarrollo de sistemas para el diagnóstico temprano, vacunas y productos para el tratamiento de enfermedades; en agricultura, con el desarrollo de cultivos y alimentos mejorados; en usos no alimentarios de los cultivos como materiales biodegradables, aceites vegetales y biocombustibles; y en manejo ambiental a través de la biorremediación (reciclaje, tratamiento de residuos y limpieza de zonas contaminadas por actividades industriales). La base fundamental de estos avances es la biología molecular y la aplicación de las técnicas del DNA recombinante, o tecnología de genes. Su aplicación ha sido objeto de escrutinio público con amplias controversias y debates públicos y políticos, posiblemente por el desconocimiento que hay acerca del tema y por la desinformación que la sociedad en general ha recibido de los medios (Hodson et al. 2012). La biotecnología, integrada adecuadamente a otras tecnologías y sistemas productivos agrícolas y de alimentos, ofrece un poderoso conjunto de herramientas para el mejoramiento y producción de cultivos, y tiene la posibilidad de procurar beneficios significativos tanto al consumidor como al ambiente; igualmente se considera que la biotecnología puede revolucionar las estrategias necesarias para conservar la biodiversidad (Sonnino 2010). De acuerdo con la FAO, la utilización adecuada de las agrobiotecnologías puede favorecer el desarrollo sostenible de la agricultura, la pesca y las industrias alimentarias de manera tal que se pueda atender a los requerimientos de una población en incremento. “Las tecnologías y el conocimiento que incrementan la productividad agrícola, facilitan la diversificación y comercialización de los productos agroalimentarios, y mejoran la ordenación de los recursos naturales, pueden ser fuerzas poderosas para reducir la pobreza, el hambre, la inseguridad alimentaria y la degradación del medio ambiente” (FAO 2010).

 

A pesar de su enorme potencial, hay muchas inquietudes públicas en relación con el impacto de los cultivos genéticamente modificados  (GM) en la salud y en el ambiente. Debe recordarse que cualquier tipo de agricultura ya sea convencional –de subsistencia, orgánica, intensiva- afecta al ambiente, por ello es de esperar que, en forma similar, el uso de nuevas tecnologías genéticas para los cultivos, lo afecte. Por lo anterior, la responsabilidad tanto de los investigadores, como de las autoridades competentes designadas, es garantizar al usuario la seguridad -para el ambiente y para la sociedad en general-, de los productos resultantes de los desarrollos científicos y tecnológicos. Las consideraciones que giran alrededor de la aplicación de la tecnología de genes en los cultivos agrícolas involucran varias categorías que pueden ser agrupadas en forma amplia en aspectos de seguridad alimentaria, seguridad del alimento, seguridad ambiental, así como implicaciones éticas, culturales y de impacto socioeconómico (Hodson et al. 2012). Por ello, para la toma de decisiones en relación con su utilización, deben considerarse cuidadosamente los aspectos técnicos, ecológicos, éticos, sociales, legales, culturales y económicos, enfrentados a una situación de malnutrición de la humanidad, marginalización económica y degradación ambiental. Los proponentes de su utilización ofrecen soluciones a problemas de producción agrícola y de calidad de alimentos, mientras que sus detractores advierten sobre posibles desastres ecológicos y peligros para la salud.

 

Debido a estas implicaciones, con el fin de que sean realmente útiles, y a la consideración de que los productos de la transformación genética deben ser seguros para el usuario y para el ambiente, se han desarrollado estrategias que regulan el uso y aplicación de los organismos genéticamente modificados, -OGM- con el fin de obtener los máximos beneficios sociales de su utilización. Considerables esfuerzos internacionales, regionales y nacionales buscan desarrollar los mecanismos para, por un lado, garantizar el uso adecuado de los desarrollos biotecnológicos y, por otro, facilitar el acceso a sus beneficios para toda la sociedad a través de regulaciones sobre bioseguridad (FAO 2010). Por ello, se hizo clara la necesidad de contar con herramientas de decisión y de acción que incluyan aspectos éticos y rigor científico (CDB 1992, PC 2003). En este contexto, la bioseguridad se define como el desarrollo de instrumentos para el estudio y manejo de los posibles efectos adversos del uso de organismos modificados genéticamente –producto de la biotecnología moderna-, con el fin de garantizar la salud, el medio ambiente y la seguridad alimentaria y la prevención a posibles perjuicios resultado de la actividad humana. Para este proceso de análisis, la incertidumbre sobre las consecuencias de cualquier actividad humana es un componente permanente e ineludible, el cual debe ser abordado en forma responsable y cuidadosa: ninguna valoración que se realice sobre los posibles impactos (ya sean positivos o negativos) de una actividad dada podrá presentar una certeza absoluta: la única certeza es que siempre hay incertidumbre. Otra de las consideraciones fundamentales en estos análisis es que toda actividad humana, por sencilla que sea, conlleva algún riesgo: no hay actividad con cero riesgos. Las personas aceptan las nuevas tecnologías porque estiman que los posibles beneficios compensan los posibles riesgos (Hodson and Carrizosa 2010).

 

Instrumentos normativos en Bioseguridad

Como instrumento a nivel mundial en términos de seguridad de las aplicaciones de la biotecnología moderna, se cuenta con el Protocolo de Cartagena de Seguridad de la Biotecnología, del cual Colombia es signatario, ratificado por la Ley 740 de 2002. El Protocolo de Cartagena de Bioseguridad se deriva de los compromisos del Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB) y es un instrumento jurídicamente vinculante para los países signatarios que lo ratifican. Su objetivo principal es garantizar un nivel adecuado de protección para la transferencia, uso y aplicación segura de los organismos modificados genéticamente que puedan tener efectos adversos en la conservación y uso sostenible de la biodiversidad, o sobre la salud humana.

 

El concepto de bioseguridad se discutió inicialmente en la Conferencia de Asilomar en 1975. Con el descubrimiento de la tecnología del DNA recombinante (rDNA) y los desarrollos subsiguientes, surgió de la comunidad científica el concepto de evaluación de riesgos de los organismos genéticamente modificados OGM. Los investigadores, preocupados por las posibles consecuencias de su quehacer en relación con las entonces novedosas técnicas moleculares, plantearon lineamientos preliminares para la contención física y biológica de los experimentos que consideraban más riesgosos. Estos principios sirvieron como base para protocolos y normas en biotecnología moderna a nivel internacional y en muchos países (Hodson and Carrizosa 2010). Posteriormente, en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Ambiente y Desarrollo (Cumbre de la Tierra) celebrada en Río de Janeiro en 1992, quedó planteado en el Convenio de Diversidad Biológica (CDB) el compromiso de formular un protocolo que buscara garantizar un nivel adecuado de protección al medio ambiente y a la salud humana, en relación con el uso de organismos vivos modificados (OVM - OGM) resultantes de la biotecnología moderna. Resultado de este compromiso surge el Protocolo de Cartagena sobre seguridad en la biotecnología, el cual entro en vigor en 2003 y es complementado por los estándares internacionales sobre inocuidad de los alimentos obtenidos de plantas de ADN recombinante del Codex Alimentarius.

 

Bioseguridad de OGM en Colombia

Colombia fue uno de los países líderes en la formulación y negociación del Protocolo de Cartagena sobre seguridad de la biotecnología, así como del Protocolo de Nagoya-Kuala Lumpur sobre responsabilidad y compensación suplementario al Protocolo de Cartagena. El Punto Focal del Protocolo de Cartagena designado para Colombia es el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Punto Focal designado para el Centro de Intercambio de Información sobre seguridad de la Biotecnología CIISB–BCH- (por sus siglas en inglés) es el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von Humboldt IAvH.

 

Adicional a ser parte del Convenio de Diversidad Biológica CBD y del Protocolo de Cartagena, el marco regulatorio general en biotecnología y bioseguridad en Colombia incluye la adhesión a varios convenios y acuerdos internacionales y regionales en derechos de propiedad intelectual y otros aspectos relacionados como comercio, acceso a recursos genéticos y biodiversidad tales como la Organización Mundial del Comercio (OMC-WTO); el Acuerdo de París (propiedad industrial); el Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio GATT; el Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales UPOV; el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (SPS); el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio; la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria; el Codex Alimentarius FAO-OMS; la Convención de Aarhus entre otros. Por ser miembro de la Comunidad Andina de Naciones CAN (anterior Pacto Andino), se rige en aspectos normativos relacionados con biotecnología y áreas afines por los acuerdos emanados: decisiones de 345 (UPOV), 391 (acceso a recursos genéticos), 486 (propiedad industrial). 523 (estrategia regional de Biodiversidad) (Hodson & Carrizosa 2007).

 

Como país megadiverso bajo un entorno comercial de movimiento transfronterizo de OGM, Colombia tiene la enorme responsabilidad de diseñar e implementar sistemas legales y regulatorios sólidos, claros, eficientes y efectivos. El Gobierno de Colombia ha demostrado su interés y compromiso con los aspectos de bioseguridad puesto que ha venido implementando medidas desde 1991, muy anterior al Protocolo de Cartagena. El marco legal vigente en bioseguridad se deriva en gran medida de legislaciones sectoriales pre-existentes principalmente en ambiente, salud y agricultura, y se articula con las políticas de desarrollo agrícola en un contexto de sostenibilidad y conservación de la biodiversidad.

 

El marco regulatorio de la seguridad de la biotecnología en Colombia en relación con los cultivos genéticamente modificados tiene dos componentes básicos. El primero está compuesto por los mandatos constitucionales y los diferentes actos legislativos en relación con el medio ambiente, la biodiversidad, recursos genéticos y temas agropecuarios. Aunque ninguna de éstos trata directamente de cuestiones de seguridad de la biotecnología, constituyen el marco jurídico de los cultivos agrícolas modificados genéticamente en Colombia en los aspectos relacionados con principios, competencias generales, definiciones y conceptos, riesgos, responsabilidades, sanciones y prohibiciones, exportación, importación, comercialización, e introducción de especies, entre otros. El segundo componente hace referencia a la legislación específica en bioseguridad desarrollada, en su mayoría, como cumplimiento al Protocolo de Cartagena y los Acuerdos Internacionales de los cuales Colombia es país Parte (Hodson et al. 2012).

 

Las instancias involucradas en los aspectos de bioseguridad de OGM incluyen los Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible; de Agricultura y Desarrollo Rural; y de Salud y Protección Social conjuntamente con sus institutos adscritos: Instituto de Investigación en Recursos Biológicos Alexander von Humboldt IAvH; Instituto Colombiano Agropecuario ICA y el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA respectivamente, los cuales interactúan también con los Ministerios de Comercio Exterior y el de Relaciones Exteriores (Cancillería) y con Colciencias.

 

El país cuenta con normatividad específica para bioseguridad de OGM y sus productos derivados para producción de alimentos para el consumo humano desde 1996 a través reglamentación expedida  por el Ministerio de Salud y aplicada por el INVIMA, y para las áreas agrícola y pecuaria desde 1998 donde se designó al Instituto Colombiano Agropecuario, ICA del Ministerio de Agricultura como autoridad competente para los procedimientos relacionados con la introducción, producción, liberación y comercialización de Organismos Genéticamente Modificados (OGM) de uso agrícola y pecuario. El Sistema Nacional de Bioseguridad de OGM en Colombia es sólido y consistente con los avances científicos y jurídicos que se vienen dando. El Gobierno se ha venido preparando, contando con profesionales capacitados y un sistema en permanente consolidación que cuenta con el respaldo de las entidades públicas y privadas de investigación del país, así como un laboratorio nacional de referencia para la detección y monitoreo de OGM del cual hacen parte las tres Autoridades Nacionales Competentes. Toda la información que se genera, así como el cumplimiento de las exigencias establecidas en el Protocolo de Cartagena, pueden ser consultadas en el BCH (www.bch.org.co), mecanismo de información sobre seguridad de la biotecnología.

 

Tras la ratificación del Protocolo de Cartagena por el país en el año 2002, y su entrada en vigor en Septiembre de 2003, se consideró necesaria la redefinición de la estructura del Sistema Nacional de Bioseguridad y las medidas para la implementación del mismo. En diciembre de 2005, los Ministerios de Agricultura, de Protección Social y de Ambiente, expidieron conjuntamente el Decreto 4525 por el cual se reglamenta la Ley 740 de 2002 (Protocolo de Cartagena). Este decreto estableció la reglamentación marco para los OGM en relación con: las autoridades competentes, la autorización para desarrollar actividades con OGM (entendida como el Acuerdo fundamentado previo –AFP- para el primer movimiento transfronterizo de los OGM), la evaluación y gestión de riesgos, la creación de los Comités Técnicos Nacionales de Bioseguridad (sectoriales), monitoreo y vigilancia, información, educación e investigación. Las tres Autoridades Nacionales Competentes (ANC) designadas y sus respectivos Comités Técnicos Nacionales (CTN) son:

 

  • Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (MADR) a través del ICA es responsable de evaluar y autorizar los OGM exclusivamente para uso agrícola, pecuario, pesquero, plantaciones forestales comerciales y agroindustriales;
  •  Ministerio de Salud y Protección Social es responsable de evaluar y autorizar los OGM cuyo destino es el uso en alimentación humana o salud;
  •  Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Rural MAVDT es responsable de evaluar y autorizar los OGM de uso exclusivamente ambiental.

 

El acto administrativo por el cual una ANC autoriza o rechaza el uso de un OGM en el país, responde al concepto de recomendación emanado de los Comités Técnicos Nacionales de Bioseguridad (CTN), creados por el Decreto 4525 de 2005 y los cuales son los responsable de adelantar los análisis de evaluación y gestión del riesgo así como las medidas de monitoreo requeridas. El concepto emitido por los CTN es de recomendación para la respectiva ANC, quien finalmente es la única responsable de autorizar o no un OGM en el país (Hodson et al. 2012).

 

Las decisiones tomadas por cada ANC en relación con el uso de OGM en el país no son vinculantes entre sí, lo cual indica que puede haber OGM autorizados para varios usos diferentes, para un solo uso o para ninguno. Los tres Comités, así como las ANC interactúan entre sí pero son autónomos en las decisiones tomadas. La estructura con la que actualmente cuenta el país, no solo para dar cumplimiento con el Protocolo de Cartagena, sino también para responder  a los acuerdos internacionales que ha suscrito, es sólida y consistente con los avances de la tecnología, es tomada como punto de referencia por países de la región, sigue los lineamientos internacionales que en la materia se han generado, y se encuentra en permanente revisión y actualización de manera tal que las autoridades competentes puedan responder a la sociedad (Hodson et al. 2012).

 

Adopción y Uilización de los OGM en Colombia

Hasta Junio de 2013, el CTN Agropecuario y el CTN Salud han recibido numerosas solicitudes de OGM, han realizado las evaluaciones y estudios correspondientes y han autorizado o denegado la solicitud; se han aprobado 47 eventos para diferentes usos (uso agropecuario o consumo humano) y no se autorizó la importación de semillas de maíz para siembra del evento MON- 88017-3 (CCR). Este evento se sometió en 2008 a la evaluación de riesgo correspondiente, y aunque el CTNBio conceptuó que no presentaba riesgo y ratificó la seguridad del producto, consideró que dado que “..el Diabrotica no es plaga de importancia económica en las zonas maiceras en Colombia”, no recomendó su importación al país. El CTN Ambiente no ha recibido ni procesado ninguna solicitud de aprobación de OGM a la fecha (Tabla 1).

Adicional a las autorizaciones que se han dado para maíz, algodón y soya, Colombia es de los pocos países en los cuales se ha aprobado el uso para consumo humano y animal de la remolacha azucarera (H7-1) tolerante al herbicida Roundup Ready®, y el único país junto con los Estados Unidos que aprobó en el año 2004 para consumo humano el trigo (MON 71800) con tolerancia a Roundup Ready® para el consumo humano.

 

En Colombia, en términos generales, se ha considerado que la biotecnología agrícola puede ser una herramienta útil para el desarrollo y competitividad del sector. Dentro de las variedades GM que se cultivan en Colombia, tanto de maíz como de algodón, las características que tienen estas semillas son la resistencia a insectos, la tolerancia a herbicidas o los eventos conjuntos o apilados ‘stacked’ los cuales contienen ambas características. En el año 2012, en el país se sembraron un total de 103.208 hectáreas de cultivos GM en 20 departamentos (Figuras 1 y 2). De maíz, se sembraron 75.046 hectáreas en siembras controladas, lo que significó un incremento de 15.807 ha. respecto al año anterior, cerca de un 26% más, -en 2011 se sembraron 59.239 ha.-. Las regiones que registraron mayor siembra de maíz genéticamente modificado fueron Córdoba (15.606 ha.); Tolima (11.996 ha.); Meta (8.747 ha.) y Valle (6.746 ha.). En cuanto a algodón GM, se sembraron 28.172 ha. de algodón lo que representó una disminución en su uso, debido a factores como la afectación por condiciones climáticas o del mercado. En cuanto a claveles y rosas, si bien la superficie sembrada con GM no es muy alta (menor de 15 ha.), si es claro que nuevas características representan una ventaja en el mercado, especialmente si se tiene en cuenta que Colombia es considerado el primer productor de claveles en el mundo y el segundo entre los exportadores de flores cortadas (tallos) después de Holanda. En cuanto a soya, si bien la soya con tolerancia a herbicidas (RR -MON-04032-6) tiene autorización para siembra comercial desde 2010, no se encuentra en cultivo actualmente y se encuentra autorizada tanto para el consumo humano como para el consumo animal.

 

Por otro lado, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) ha concedido autorizaciones para centros de investigación que realizan desarrollos en ingeniería genética, entre otros: al Centro Internacional de Agricultura Tropical (CIAT) para trabajar en diversos fenotipos de yuca y arroz; al Centro de Investigación de Caña de Azúcar de Colombia(CENICAÑA) para trabajar en caña de azúcar con tolerancia al virus de amarillamiento de la hoja; al Centro Nacional de Investigación de Café para trabajos iniciales en café, tabaco enano y Beauveria Bassiana; y a la Corporación para Investigaciones Biológicas (CIB) para realizar ensayos de campo bajo condiciones controladas de papa Bt resistente a Tecia solanivora.

 

Tabla 1. Cultivos GM para siembra y alimentos derivados de OGM para consumo animal, o para consumo humano aprobados en Colombia, a Diciembre de 2012

 

 

 

Figura 1. Distribución de los cultivos GM en Colombia (Fuente: Agro-Bio www.agrobio.org.co)

 

 

Figura 2. Evolución de adopción de algodón y maíz GM en Colombia (2002-2012)

Ornamentales (flores)

El primer cultivo genéticamente modificado autorizado en Colombia por el ICA en 2000 fue el clavel azul, el cual presenta un gen de la petunia que expresa una proteína que le da a la flor un color azul-violeta. La siembra se inició en 2002. Este evento de transformación se encuentra autorizado únicamente para su producción en medio confinado (invernadero de bioseguridad) y su autorización –según petición del solicitante- es únicamente para exportación a países en donde está aprobado; su comercialización en el mercado nacional no ha sido solicitada, por consiguiente no está autorizada por el ICA. A finales de 2009, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) autorizó la siembra confinada de rosas azules destinadas exclusivamente para exportación, así como y la siembra experimental de crisantemos de ese mismo color.

 

Algodón

En Colombia la adopción de cultivos GM, ha seguido las tendencias mundiales, inicialmente con tecnologías que contienen un solo rasgo o característica, y posteriormente con tecnologías conteniendo simultáneamente varios eventos apilados “stacked”, obtenidos por hibridación convencional a partir de líneas transformadas. La siembra comercial de algodón genéticamente modificado se inició en Colombia en 2003 con algodón Bollgard MON 531 con resistencia a algunos insectos lepidópteros (resultado de la expresión de genes cry derivados de la bacteria del suelo Bacillus thuringiensis, Bt). Posteriormente en 2004 se aprobó tolerancia al herbicida glifosato resultado de la expresión del gene cp4 epsps derivado de Agrobacterium tumefaciens. Desde 2007 se autorizaron las variedades que contienen conjuntamente las dos tecnologías (resistencia a algunos insectos y tolerancia a herbicidas en diferentes versiones) en eventos apilados. Los eventos aprobados incluyen varios genes cry y, adicional a tolerancia a glifosato se encuentra autorizada la tolerancia a glufosinato.

 

La disminución en las hectáreas sembradas de algodón, ha estado asociada a cambios en el régimen e intensidad de los periodos de lluvia y sequía en las zonas algodoneras del país, lo que sumado a los bajos precios del mercado de la mota de algodón, ha incidido en la dinámica agrícola de este cultivo. En el año 2009 se presentó una disminución en el área de cultivo, debida a una crisis algodonera que se presentó en el 2008. En este año, algunos cultivadores de una de las zonas algodoneras, por cambios en el régimen de lluvias y un invierno fuerte que azotó la zona, y el manejo que dieron a esta situación, tuvieron problemas con los cultivos de algodón, incluyendo también al transgénico que presentaba la característica doble gen (Bt/RR, resistencia a insectos y tolerancia al herbicida glifosato). Una de las agremiaciones demanda a la empresa productora de la semilla aduciendo falta de seguimiento y acompañamiento durante el cultivo y cosecha de algodón con la tecnología doble gen (Bt/RR). La demanda falla a favor de los agricultores, y en el año 2009 el ICA expide la resolución 682 (24 de febrero de 2009), por medio de la cual se implementa el Plan de Manejo, Bioseguridad y Seguimiento para siembras comerciales en el país de algodones genéticamente modificados con resistencia a ciertos insectos lepidópteros y/o tolerancia a la aplicación de herbicidas (UN 2011). Esta resolución busca fortalecer los programas de acompañamiento técnico permanente y el cumplimiento de los planes de manejo a través del control al seguimiento para el uso correcto de las tecnologías, seguimiento a los planes de prevención y control de plagas, así como capacitación de los agricultores y la reducción de los riesgos de pérdidas por mal manejo de la tecnología. Los titulares de las tecnologías de algodón GM están obligados a realizar actividades de capacitación y seguimiento en pretemporada y durante el cultivo.

 

Desde el año 2003 y hasta la fecha todas las variedades de algodón GM que se encuentran aprobadas para siembra cuentan con autorización para su uso en consumo animal y humano, con excepción del Algodón LLCotton25, el cual se encuentra en evaluación por parte del CTNSalud para su uso como materia prima para la producción de alimentos para el consumo humano.

 

Maíz

Las primeras autorizaciones que se otorgaron en el país para uso de maíz GM fueron para consumo humano en el año 2003 con la autorización del evento MON 810-6 y en 2004 para el MON-603-6; posterior a estas se han aprobado adicionalmente 26 eventos de maíz para el consumo humano, entre los que se encuentra el Smart Stax y el evento MON 87460 de tolerancia a sequía. Sólo hasta el año 2006 se otorgarían las primeras aprobaciones de maíz GM para el consumo directo o como materia prima para la producción de alimentos para animales domésticos (pienso o forraje), para los eventos MON 810, NK 603 Y TC 1507.

 

En cuanto a las autorizaciones para la siembra de maíz transgénico, éstas se encuentran aprobadas en Colombia desde 2007 bajo el esquema de siembra controlada. La adopción de cultivos de maíz GM, igualmente ha seguido las tendencias mundiales, inicialmente con las tecnologías que contienen un solo rasgo o característica, y posteriormente con tecnologías conteniendo simultáneamente varios eventos apilados “stacked”, obtenidos por hibridación convencional a partir de líneas transformadas. Las primeras autorizaciones fueron para siembras controladas de maíz con la tecnología Bt Herculex I (TC-1507) y para siembras controladas de maíz con la tecnología Yieldgard® (MON 810). Las características de los maíces transgénicos que se utilizan en el país son: Resistencia a insectos lepidópteros y/o coleópteros y tolerancia a glifosato y/o glufosinato de amonio. Los transgenes que han sido introducidos en las diferentes tecnologías son: Cry1F, Cry1Ab, Cry1A.105, Cry2Ab2, Cry3Bb1, Cry34Ab1 y Cry35Ab1 para resistencia a lepidópteros, vip3Aa20 para resistencia a coleópteros, CP4EPSPS y mEPSPS para tolerancia a glifosato y pat para tolerancia a glufosinato de amonio (UN 2011).

 

Para el manejo adecuado de la tecnología, en 2010 el ICA emite la resolución 2894, por medio de la cual se implementa el Plan de manejo, bioseguridad y seguimiento para siembras controladas de maíz genéticamente modificado. Dentro de ella se estipula que los titulares de maíz genéticamente modificado están obligados a realizar actividades de capacitación y seguimiento en pretemporada y durante el cultivo. Quienes siembren la tecnología transgénica Bt deben establecer un esquema de refugio que debe estar a una distancia no mayor de 500 m de las áreas sembradas con las semillas de maíz GM, debe ser un bloque contiguo no entremezclado y debe estar claramente identificado y bajo un esquema de cultivo de refugio 90/10. La resolución también reglamenta el monitoreo del desarrollo de posible resistencia de especies plaga objetivo y un plan de manejo de malezas. También se estipula que el cultivo sembrado con maíz GM debe manejarse con medidas de aislamiento, no debe ser sembrado en resguardos indígenas, debe tener mínimo 300 m de distancia con respecto a cultivos de maíces de variedades criollas y debe existir una diferencia en el tiempo de floración (superior a 15 días).  

 

Estudios sobre impactos de cultivos GM en Colombia

Algodón GM

Estudio del International Food Policy Research Institute IFPRI, 2011.

http://www.ifpri.org/publication/women-cotton-farmers-their-perceptions-and-experiences-transgenic-varieties :

Las razones para adoptar cultivos genéticamente modificados (GM) difieren entre hombres y mujeres, así como el acceso a la información sobre agricultura transgénica; entender estas diferencias podría beneficiar a las mujeres y a sus familias, según un estudio sobre las percepciones de los cultivadores de algodón en Colombia. El estudio identificó como una de las desventajas la falta de información sobre el manejo de los cultivos que reciben los agricultores por parte de las empresas multinacionales que venden las semillas. EL acceso limitado a la información sobre cultivos de algodón GM fue catalogado por las mujeres como el mayor problema de la tecnología, incluso mayor que el alto costo de las semillas. Sin embargo, la información que finalmente llega a manos de los agricultores parece ser más acatada al pie de la letra por las mujeres, lo que se traduce en un mejor manejo de la tecnología.

 

Las mujeres cultivadoras entrevistadas durante el estudio dijeron que la adopción del algodón GM les resulta beneficioso dado que les ahorra tiempo y dinero, en la desyerbada y en la contratación de hombres para fumigar con insecticidas, respectivamente. Dijeron además que las variedades GM eran más fáciles de manejar, liberando tiempo que pueden dedicar a otras actividades. Uno de los autores del estudio considera que la tecnología transgénica empodera a la mujer y le permite tener más voz en las decisiones del hogar.

 

Maíz GM

Estudio Agro-Bio (Asociación de Biotecnología Vegetal Agrícola), Universidad del los Andes - CEGA (Centro de Estudios Ganaderos y Agrícolas). 2010.

El beneficio económico por la adopción de la tecnología de OGM para maíz en Colombia. 2010. 59 p. www.agrobio.org

 

El estudio abarcó principalmente las regiones de Córdoba, Meta, Tolima, Sucre y Valle, teniendo en cuenta que son los principales productores de maíz GM en Colombia. La muestra arrojó resultados hasta el año 2009 y se establecieron unas proyecciones estimativas de producción hasta 2019 suponiendo que se amplíe la adopción de la tecnología GM de maíz en Colombia en un 5%, 7% y 10%. El estudió consideró la situación de que Colombia importa más del 70% de maíz para concentrados para el sector pecuario, con  costos que inciden en el valor de la canasta familiar.

 

Los resultados del estudio muestran que el desarrollo de cultivos genéticamente modificados en Colombia ha tenido importantes beneficios como el incremento de los rendimientos y la disminución de costos de producción para los agricultores de maíz, y como valor agregado la adopción de estos serán una herramienta para el desarrollo del sector maicero en 10 años y servirán para enfrentar la seguridad alimentaria en el país.

 

El incremento en adopción de maíz genéticamente modificado que se ha dado año tras año, demuestra que los agricultores consideran la tecnología como una herramienta útil para el campo, que les ofrece oportunidades para ser competitivos y obtener mayor beneficio económico. En cuanto a beneficios directos que la adopción trae a los agricultores el estudio muestra que, exceptuando el departamento del Valle, los rendimientos del maíz amarillo tecnificado están alrededor de 4.4 ton/ha, lo cual significa un aumento de más del 30%. Por su lado Valle pasaría de un promedio de 6.2 a 7.0 ton/ha con la adopción de cultivos GM y tomando este departamento como una referencia el estudio muestra que se presenta una rentabilidad por hectárea para el maíz amarillo tecnificado de 25%, la cual aumenta al 33% con tecnología Bt, al 40% con tecnología Bt + TH y al 37% con tecnología TH.

 

El estudio considera que entre los beneficios más destacados se encuentran el aumento en el rendimiento y la disminución de las importaciones.

 

Procedimiento para la aprobación de cultivos GM de uso agrícola para liberación al medio ambiente

El sistema de bioseguridad y el procedimiento para la aprobación de cultivos genéticamente modificados para la siembra es el de mayor tiempo de creación y funcionamiento en comparación con aquellos relacionados con temas de salud y medio ambiente. La regulación en el sector agropecuario incluye la investigación, importación, producción, desarrollos biológicos, control de calidad, manejo en ambiente confinado, liberación y actividades de comercialización de OGM de uso agrícola, pecuario, pesquero forestal y agroindustrial. Como se mencionó, el Instituto Colombiano Agropecuario ICA adscrito al Ministerio de Agricultura, es la entidad responsable de realizar las evaluaciones científicas rigurosas basado en las cuales el CTN-Bio emite su concepto y las condiciones que considere pertinentes para la liberación al medio ambiente (siembra). En tal sentido es el ICA quien tiene la responsabilidad de realizar análisis de riesgo y estudios de bioseguridad en campo, con el fin de evaluar los riesgos biológicos que se puedan derivar de la introducción, producción, comercialización y liberación de OGM al medio ambiente para su siembra.

 

Como criterios generales de evaluación el ICA se guía por las consideraciones: i- Estudios caso por caso y paso por paso; ii- Enfoque comparativo (cultivos convencionales vs. GM); iii- Evaluación secuencial y sucesiva; iv- Evaluación durante todo el período de desarrollo de la planta; y v- Evaluaciones ambientales y en salud humana (www.ica.gov.co).

Los estudios de bioseguridad adelantados comprenden:

 

  • Comportamiento agronómico de la variedad modificada en diferentes regiones de siembra en el país.
  • Evaluación de control de malezas y daño del cultivo (si aplica).
  • Costos por manejo y rendimientos del cultivo.
  • Evaluación de especies silvestres en las áreas de siembra del cultivo GM.
  • Determinación de los efectos de la proteína nueva expresada en las plagas no blanco (si aplica).
  • Establecimiento de las distancias de siembra entre los cultivos GM y los cultivos convencionales, a través de la determinación del transporte de polen de los híbridos del material GM a sembrar.

 

La evaluación de riesgo ambiental se hace con el procedimiento conocido como “caso por caso” y “etapa por etapa”, partiendo del análisis de la información presentada por el solicitante, la cual debe cumplir con lo establecido en el Anexo I y III de la Ley 740 de 2002 (Figura 3).

 

                             

 

Figura 3. Proceso de estudio y aprobación adelantado por los Comités Técnicos Nacionales de Bioseguridad en Colombia 

 

El principal recurso es el conocimiento científico actualizado permanentemente, así como la familiaridad que se tenga con el organismo o cultivo dado, considerando la aplicación o uso propuesto y el ambiente receptor potencial. Como resultado de la evaluación ambiental el ICA genera un informe escrito que es puesto a consideración del CTNBio con base en el cual emiten el concepto definitivo de recomendación al Gerente del ICA.

 

Los principales aspectos que se evalúan al analizar la seguridad de los cultivos genéticamente modificados incluyen: posible introducción de características de maleza en el cultivo que antes no poseía este comportamiento; estabilidad genotípica de los organismos transformados; cambios adaptativos que afecten la posible capacidad invasiva del cultivo; flujo de genes; posibilidad de afectar organismos no objetivo; generación de resistencia en los insectos objetivo; efectos de alelopatía y sinergismo. El análisis de bioseguridad se realiza bajo una base comparativa, es decir confrontando las propiedades del cultivo genéticamente modificado con las del cultivo convencional. Se debe partir de la información básica sobre la biología y las características agronómicas del cultivo tradicional no modificado para determinar si se presenta algún cambio significativo. Para que un cultivo genéticamente modificado pueda ser autorizado para siembra, el ICA adelanta las evaluaciones de riesgo en campo bajo las condiciones ambientales en las cuales se pretende sembrar el cultivo GM y bajo un diseño que busca identificar los riesgos potenciales que pueden presentarse. Cuando un riesgo es identificado, se procede al diseño del plan de gestión el cual debe ser cumplido por el solicitante de la autorización durante todo el tiempo en que se realice la siembra del OGM.

 

Las áreas de siembra de cultivos GM en Colombia, responden a un Plan de manejo que es aprobado por el ICA y al cual se le hace permanente verificación a su cumplimiento durante cada uno de los ciclos de siembra. El plan de manejo busca 1) Controlar el uso y comercialización de semillas genéticamente modificadas, 2) Evitar la generación de resistencia por parte de las plagas objetivo, mediante estrategias de refugio y monitoreo de la línea base de susceptibilidad a las proteínas que le confieren tolerancia al ataque de insectos, 3) Asegurar el uso y manejo efectivo de los herbicidas en el cultivo genéticamente modificado con tolerancia a la aplicación de herbicidas para evitar la aparición de especies de malezas resistentes al mismo, y 4) Evitar el flujo de genes de cultivos genéticamente modificados hacia variedades criollas mediante el uso de formas de aislamiento.

 

Por su parte, la investigación en medio confinado con OGM, requiere de autorización previa otorgada por el ICA, quienes con base en la información suministrada por la Unidad de Investigación solicitante en relación con la infraestructura y equipos disponibles, manejo de residuos, descripción del grupo de investigación, organismos parentales y receptores a emplear, tipo de investigación a realizar y medidas de contención y aislamiento a utilizar, además de la información establecida en el Anexo I del Protocolo de Cartagena, toma la decisión de autorizar o no el desarrollo de actividades de investigación en medio confinado

 

Algunos de los resultados de los estudios de bioseguridad adelantados por el ICA pueden ser consultados en la página web de la entidad en el enlace http://www.ica.gov.co/getdoc/e15d17a9-0105-4d06-a669-3b05dd5bef47/Bioseguridad-y-Recursos-Geneticos-Agricolas.aspx

 

Procedimiento de aprobación de OGM para consumo humano

En Colombia la aprobación de alimentos derivados de plantas GM para consumo humano es un proceso que se viene adelantando desde 2003. A Junio de 2013, en el país se encuentran 43 alimentos derivados de plantas genéticamente modificadas (GM) que se encuentran aprobados para su uso directo como alimento humano o como materia prima para la producción de alimentos para el consumo humano. El Ministerio de Salud y Protección Social a través de la evaluación que adelanta el Comité Técnico Nacional de Bioseguridad en salud (CTNSalud) de manera rigurosa, caso a caso y paso a paso es el encargado de otorgar la aprobación para consumo humano en el país.

 

El tema está considerado desde la creación del INVIMA, en la Ley 100 de 1993, la cual establece como productos de competencia del Instituto aquellos generados por biotecnología, dentro de los que se incluyen medicamentos como las vacunas recombinantes para uso humano, algunos kits de diagnóstico y los alimentos derivados de plantas genéticamente modificadas.

 

El procedimiento acogido en la regulación colombiana es similar al que se sigue en otros países, acorde con los lineamientos establecidos en el Protocolo de Cartagena (Art. 11, Anexo II) y el Codex Alimentarius, de obligatorio cumplimiento en Colombia (CAC/GL44-2003, CAC/GL45-2003),  y con el marco normativo vigente en Colombia que regula las actividades que se llevan a cabo con alimentos (Decreto 3075 de 1997).

 

Con base en la información suministrada por el solicitante, el CTNSalud adelanta la evaluación de riesgos respectiva. Toda solicitud es sometida a un proceso de consulta pública con el fin de lograr la participación de la comunidad. Dicha consulta pública se adelanta a través de la página web del INVIMA, como secretaria técnica del CTNSalud y durante un lapso de tiempo no menor a 60 días. La consulta pública se lleva a cabo previamente a que la solicitud sea discutida en sesión plenaria del Comité y todas las observaciones, dudas o comentarios que son recibidos se discuten al interior del CTN con el fin de ser tenidas en cuenta y dar la respuesta a que haya lugar.

 

La autorización de un OGM para consumo humano se hace mediante acto administrativo emitido por el Ministro de Salud y Protección Social. Una vez se aprueba un evento de transformación, cualquier persona natural o jurídica que quiera comercializar un producto alimenticio procesado que pueda contener dicho evento como materia prima, debe obtener Registro Sanitario, siguiendo para ello el procedimiento establecido en el Decreto 3075 de 1997 para el trámite de Registros Sanitarios de Alimentos.

 

El esquema normativo y de evaluación de riesgos seguido por el CTNSalud se fundamenta en los criterios desarrollados y aceptados por organizaciones internacionales de amplio reconocimiento como el Codex Alimentarius, la OECD (Organization for Economic Cooperation and Development), la OMS (Organización Mundial de la Salud), ILSI (International Life Science Institute), la FAO (Organización para la agricultura y la alimentación), EFSA (European Food Safety Authority), FDA (US Food and Drug Administration) y el IFBiC (International Food Biotechnology Committee del ILSI), entre otros. Los parámetros que se consideran para la evaluación de inocuidad alimentaria incluyen: equivalencia sustancial, composición nutricional, toxicidad y alergenicidad.

 

La evaluación de la inocuidad se realiza utilizando los siguientes criterios:

• Concepto de equivalencia sustancial, como punto de partida para identificar posibles diferencias o similitudes con la contraparte convencional con amplia historia de uso.

• Uso de un enfoque multidisciplinario, que incluye la evaluación de las características de la proteína nueva introducida, aspectos toxicológicos y alergénicos, análisis de la composición nutricional, Ensayos de digestibilidad, comportamiento de la proteína nueva expresada en el procesamiento al calor, estudios de alimentación en animales.

• Consultas con expertos nacionales e internacionales, así como las autoridades regulatorias de otros países.

• Fundamento científico

 

Un panorama al etiquetado de los alimentos derivados de OGM

Desde la década de 1990, con la aparición en el mercado de los primeros cultivos modificados genéticamente, se ha generado un debate permanente con relación a los riesgos potenciales que éstos puedan tener como resultado de su liberación en el medio ambiente, para siembra, así como sobre la salud humana y animal derivado de su consumo. Adicionalmente han generado una controversia internacional en torno al costo y beneficio para los agricultores, consumidores y empresas desarrolladoras que ostentan los derechos de propiedad intelectual. Esta situación se ha visto cada vez más reflejada en el plano regulatorio y los tratados comerciales en los que se incluyen temas asociados a los OGM a través de la definición de procesos de aprobación, etiquetado, responsabilidad y compensación por posibles daños, solución de conflictos, acceso a los mercados, entre otros.

 

El etiquetado de los alimentos derivados de OGM resulta más complejo de lo que a simple vista pareciera y va más allá del uso de un rótulo como mecanismo de información a los consumidores. Existen posiciones encontradas que van desde la obligatoriedad en el uso de una etiqueta específica hasta el etiquetado voluntario basado en el concepto de equivalencia sustancial acuñado por la OECD (Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico), en el cual se argumenta que si un alimento o ingrediente nuevo es sustancialmente equivalente a uno ya existente en el mercado no debería tener un tratamiento diferente, más aún si la decisión de su puesta en el mercado se ha basado en el resultado de una evaluación del riesgo de base científica.

 

Durante la reunión del Comité de Etiquetado del Codex Alimentarius de mayo de 2008, y posteriormente en el año 2011 en la sesión del Comisión del Codex Alimentarius, los países después de una minuciosa revisión de otros textos de normas Codex tomaron una importante decisión que ha permitido un avance hacia la obtención de un documento en la materia. Se acordó generar una tabla que reúne las disposiciones en textos ya existentes de etiquetado del Codex que pueden ser aplicados al etiquetado de alimentos derivados de la modificación genética, tanto en un esquema obligatorio como en uno voluntario. La Comisión adoptó el Anteproyecto de recopilación de textos del Codex pertinentes al etiquetado de alimentos derivados de la biotecnología moderna en los Trámites 5/8.

 

Es importante, sea cual sea el panorama reglamentario que se siga, que para tomar la decisión de rotular de manera obligatoria o voluntaria, se tengan presentes algunas de las siguientes consideraciones:

• Para poder etiquetar los alimentos hay que primero segregar las materias primas (granos) para luego poder lograr un producto identificado (saber que las materias primas son GM o no GM). Una vez planteado este escenario hay que definir el umbral de tolerancia que se aceptará para la segregación como por ejemplo % de granos GM en granos no GM.

• Este proceso tiene un costo e implica que el país, las empresas, los puertos cuenten con una infraestructura adecuada y procedimientos claramente definidos. Si dicho costo se traslada implicará que los granos segregados serán más caros que aquellos que no lo han sido.

• El etiquetado es un mecanismo de información, pero no es una fuente inagotable de datos que haga perder la información esencial de la etiqueta, y en ningún momento la responsabilidad de establecer si un alimento tiene o no un riesgo, debe ser traslada al consumidor a través de la decisión de escogencia de un producto con base en la información que encuentra en un etiqueta. Un producto que está en el mercado debe ser inocuo y seguro, basado en la evidencia científica de que los posibles efectos que los mismos pueden tener sobre la salud humana han sido evaluados.

 

Etiquetado en Colombia

De acuerdo con la reglamentación vigente para OGM, es responsabilidad del Ministerio de Salud y Protección Social establecer las exigencias que en la materia se consideren, a través de un proceso concertado y de discusión con la participación de las Autoridades Competentes, academia, industria de alimentos, consumidores, ONG, entre otros. Se expidió la Resolución No. 4254 de 2011, la cual  establece el Reglamento Técnico sobre las disposiciones relacionadas con el rotulado o etiquetado de alimentos derivados de Organismos Genéticamente Modificados –OGM- para consumo humano y con la identificación de materias primas que los contengan.

 

La norma colombiana, en lo que se refiere al etiquetado de alimentos derivados de OGM y en consonancia con el Codex Alimentarius y otras normas internacionales, establece que se debe rotular todos los envases o empaques de los alimentos derivados de OGM que no sean sustancialmente equivalentes con su homólogo convencional en cualquiera de las cuatro situaciones mencionadas a continuación:

1. Si los valores de la composición nutricional existentes en el alimento que contiene el OGM o que empleó materias primas que son OGM, no son sustancialmente equivalentes en comparación con el homólogo convencional o el producto alimenticio que se encuentra en el mercado.

2. Si la forma de almacenamiento, preparación o cocción del alimento que contiene el OGM o la utilización de materias primas que son OGM, difiere a causa de éste, en comparación con el homólogo convencional o el producto alimenticio equivalente existente en el mercado.

3. En caso de presencia de un alérgeno introducido como resultado de la modificación genética en un alimento que contiene el OGM, o que empleó materias primas que son OGM y que los consumidores no esperan que se presente.

4. Si hay presencia de una diferencia en las propiedades organolépticas de un alimento, como consecuencia de la modificación genética, en comparación a su homólogo convencional.

 

Para el caso de la identificación de los cargamentos de granos para el consumo humano; en consonancia con lo establecido por el artículo 18.2(a) del Protocolo de Cartagena y las decisiones adjuntas al mismo, el reglamento establece, para aquellos OGM que están autorizados para consumo humano pero que no están autorizados en el país para su liberación al medio ambiente (siembra), que debe declararse en la factura comercial: “puede contener OGM” y que “no está destinado a ser introducido intencionalmente en el medio ambiente”. Adicionalmente, se permite declarar en un envase o empaque de un alimento que éste no contiene OGM o que es libre de OGM, únicamente si el fabricante puede demostrar que esta información es veraz y no engañosa, comprobado a través de análisis de laboratorio o mecanismos de trazabilidad a lo largo de la cadena de producción (Hodson et al, 2012).

 

Actividades de fortalecimiento de capacidades en bioseguridad de la biotecnología

Con el fin de cumplir con los compromisos que para Colombia implica la implementación efectiva del Protocolo, se requiere el desarrollo de capacidad técnica institucional, principalmente a través de sus recursos humanos. El establecimiento de un sistema amplio, articulado y eficiente en bioseguridad representa un considerable reto y requiere de una inversión financiera y humana para su diseño, implementación y manejo. Se trata de un campo altamente especializado que requiere capacidad técnica con  bases científicas sólidas. Para enfrentar estos requerimientos se han realizado numerosos esfuerzos en forma relativamente permanente.

 

Proyecto GEF-BM Colombia

Conscientes de esta enorme responsabilidad, las instituciones colombianas involucradas propiciaron la unión de esfuerzos de las entidades responsables en la toma de decisiones previstas dentro del Protocolo. A través de un grupo de trabajo interinstitucional, se gestionó el proyecto “Desarrollo de capacidades para implementar en Colombia el Protocolo de Cartagena en Bioseguridad – Convenio de Diversidad Biológica” ante el Global Environmental Facility (GEF), con el Banco Mundial (BM) como entidad ejecutora. El Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von Humboldt fue designado por las instituciones como Unidad Implementadora del Proyecto, Este proyecto, ejecutado entre febrero de 2004 y junio de 2007, tuvo una financiación compartida en una relación 1:3 entre una donación GEF-BM y contrapartidas nacionales con recursos de los ministerios de Ambiente, Vivienda; y Desarrollo Territorial; Agricultura y Desarrollo Rural y Protección Social, así como contrapartida en especie de todas las instituciones participantes. Como fortaleza institucional en el país, se consideró la experiencia y trayectoria acumuladas en actividades de regulación y control sanitario en los sectores salud y agrícola, así como en conocimiento y conservación de la diversidad en el sector ambiental.

 

El objetivo fundamental del proyecto se centró en el desarrollo de competencias técnicas y científicas institucionales con el fin de afianzar en el país la capacidad para  implementar los compromisos del Protocolo de Cartagena. Para ello, el proyecto fortaleció las capacidades de funcionarios involucrados en el proceso para la evaluación, manejo y monitoreo de los potenciales riesgos y para la toma de decisiones relacionadas con el uso de OGM.

Específicamente se planteó que el proyecto desarrollara capacidades técnicas institucionales para:

  1. Fortalecer el marco legislativo y los mecanismos operativos y procedimientos para la implementación del sistema de bioseguridad en Colombia.
  2. Crear capacidad científica dirigida al desarrollo de sistemas de evaluación y gestión de riesgos relacionados con el uso de OGM en los diferentes sectores.
  3. Establecer un sistema de base de datos en bioseguridad e implementar en el país el Mecanismo de Intercambio de Información en Bioseguridad, BCH Colombia.
  4. Desarrollar capacidades científicas y de infraestructura como apoyo técnico para la investigación, evaluación y gestión de riesgo, y de monitoreo mediante el establecimiento de nodos de excelencia.

 

La realización del proyecto no sólo permitió cumplir con los compromisos adquiridos, sino que superó ampliamente las metas propuestas. El alto nivel de compromiso de los funcionarios involucrados y las instituciones hicieron posible que los importantes logros del proyecto trasciendan la implementación del Protocolo de Cartagena en Bioseguridad. Los logros obtenidos entre los cuales se incluye la capacitación a nivel de posgrado (BINAS-UNIDO) de doce funcionarios de las instituciones involucradas, representan beneficios tanto para las instituciones involucradas en bioseguridad, aquellas relacionadas, el sector científico y académico, y en general para los usuarios y sociedad. En conjunto, la ejecución del proyecto representó un apoyo para la consolidación, la articulación y la implementación del marco normativo nacional en bioseguridad mediante el establecimiento de un espacio de discusión e interacción entre los actores involucrados como autoridades nacionales competentes designadas, y la sensibilización de los tomadores de decisión en las distintas instituciones. Asimismo, con este proyecto se inició la tarea de empezar a abordar de manera interinstitucional la búsqueda de alternativas al complejo reto, así como las oportunidades y riesgos que implica la utilización de OGM.

 

Proyecto LAC-Biosafety

Con el fin de continuar fortaleciendo la capacidad técnica para adelantar los procesos de análisis de riesgos relacionados con la liberación al ambiente de cultivos GM, Colombia participó en el proyecto América Latina: Construcción de Capacidad Multi-País para el Cumplimiento del Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad – LAC-Biosafety. El objetivo de este proyecto era fortalecer la capacidad técnica en bioseguridad de los países participantes (Brasil, Colombia, Costa Rica y Perú), con el fin de tomar decisiones informadas que cumplan la Convención en Diversidad Biológica (CBD) y el Protocolo de Cartagena en Bioseguridad (PCB). El objetivo principal de este proyecto pionero fue generar y adaptar conocimientos sobre temas críticos ambientales y socioeconómicos, relacionadas con producción agrícola en espacios de alta biodiversidad, que contribuyan a fortalecer la capacidad en la toma de decisiones para valorar y manejar el riesgo potencial, y desarrollar capacidades en la comunicación sobre bioseguridad de organismo vivos modificados (OVM) en países tropicales de América Latina. El proyecto considero cinco cultivos de importancia en América Latina y el mundo – algodón, arroz, maíz, yuca y papa. Se trató de un esfuerzo conjunto de instituciones nacionales e internacionales que cuentan con una sólida especialización en ciencias naturales, en biotecnología, y en socio economía. La iniciativa fortaleció la capacidad técnica de las instituciones en la adopción y uso de metodologías para la valoración y manejo de riesgos de bioseguridad desarrollados por el proyecto. Durante le ejecución del proyecto se desarrollaron 25 sub-proyectos en cuatro áreas temáticas estratégicas: i- Evaluación y monitoreo del flujo de genes en cultivos biodiversos; ii- Uso de sistemas de georreferenciación en la evaluación de riesgo ambiental en bioseguridad –GIS-; iii- Evaluación y monitoreo de los efectos potenciales en organismos no blanco; y iv- Fortalecimiento de capacidades técnicas para la valoración y manejo del impacto socioeconómico.

 

Por su parte diversas universidades, tanto públicas como privadas han incluido el tema entre sus programas de posgrado, ya sea como posgrado en bioseguridad (conducente a título académico), o como parte de sus cursos de maestrías y doctorados. Adicionalmente se encuentran cursos intensivos, especializaciones y diplomados que incluyen el tema. También hay muchos esfuerzos por parte del sector privado y asociaciones como ILSI y AgroBio, quienes en conjunto con universidades y expertos de los sectores organizan actividades de capacitación a diferentes estamentos de la sociedad como medios, docentes, magistrados y jueces, agricultores, investigadores y funcionarios entre otros. 

 

Referencias

FAO (2010) Biotecnologías Agrícolas para la Seguridad Alimentaria y el Desarrollo Sostenible: Opciones para los Países en Desarrollo y Prioridades de Acción para la Comunidad Internacional. Documento ABDC-10/9 Conferencia Técnica Internacional de la FAO Biotecnologías Agrícolas en los Países en Desarrollo. Disponible en: http://www.fao.org/fileadmin/user_upload/abdc/documents/optpriors.pdf  (Consulta Junio 2013)

 

Hodson de Jaramillo, E, Castaño, A and Uscátegui, MA (2012) AGROBIO: Biotecnología Agrícola Moderna, Organismos Genéticamente Modificados y Bioseguridad. Consejo Superior de la Judicatura, Sala Administrativa. Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla”. Módulo de Aprendizaje Autodirigido - Plan de formación de la Rama Judicial. 220 p. ISBN: 978-958-99102-2-1.

 

Hodson de Jaramillo, E and Carrizosa, MS (2010) Capítulo Seguridad de los cultivos GM: análisis de riesgos y beneficios. En: Biodiversidad, Biotecnologías y Derecho. Un crisol para la sustentabilidad. Coordinadora: Vitulia Ivone, Universidad de Salerno, Italia. Aracne Editrice, , Italia: pp 103-141. (ISBN 978-88-548-3590-0)

 

Hodson de Jaramillo, E and Carrizosa, MS (comp.) (2007) Normatividad relacionada con bioseguridad de los organismos genéticamente modificados (OGM). Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von Humboldt. Bogotá, D.C. Colombia: 328 p. (ISBN 978-958-8151-93-9)

 

Sonnino, A (2010) Biodiversidad y biotecnologías: el eslabón estratégico. En: Biodiversidad, Biotecnologías y Derecho – Un crisol para la sustentabilidad. Ivone V (Ed.). ARACNE editrice S.r.l., Rome. pp 297-318. (ISBN 978-88-548-3590-0)

 

UN (Universidad Nacional de Colombia) (2011) Informe Final Convenio Interadministrativo de Asociación Suscrito entre el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y la Universidad Nacional de Colombia, 2010. 123 p.

 

Dr Elizabeth Hodson de Jaramillo, Profesora Emérita Facultad de Ciencias, Pontificia Universidad Javeriana,  Consultora Internacional para Biodiversidad, Agrobiotecnologías y Bioseguridad de OGM; Email: ehodson@etb.net.co ; Adriana Castaño-Hernández, Consultora en Bioseguridad de OGM; Email: acastanoh@gmail.com

 

  • News Headlines
  • Reports & Summaries
  • Calendar of Events

 

IUFoST Scientific Information Bulletin (SIB)

 

FOOD FRAUD PREVENTION

John Spink, PhD
Summary
Food Fraud – and the focus on prevention – is an important and evolving food industry focus. Even though the vast majority of these incidents do not have a health hazard in some ways they are more dangerous because the substances and actions are unknown and untraceable.  The types of food fraud stretch the traditional role of food science and technology to include criminology, supply chain traceability and other control systems. The food authenticity and integrity testing will be the most complex actions and their value should be assessed in terms of the contribution to prevention. This Scientific Information Bulletin (SIB) presents an introduction, review of incidents, the fundamentals of prevention which then provide insight on the optimal role of Food Science and Technology.
See IUFoST SIBS below for the complete Food Fraud Prevention Scientific Information Bulletin.

 

2017

 

 

 

Congratulations Prof. Dr. Purwiyatno Hariyadi

Congratulations to Prof. Dr. Puwiyatno Hariyadi who has been elected to the position of Vice-Chair of the  CODEX Alimentarius Commission.

Dr. Hariyadi is a Fellow of the International Academy of Food Science and Technology (IAFoST) and Senior scientist, SEAFAST Center; Professor, Dept. Food Science and Technology, Bogor Agricultural University, Indonesia.

World Congress

 

Mumbai, India

 

October 23-27, 2018

 

Register at www.iufost2018.com